Monday, August 29, 2011

Magistrados y Viceministro de Seguridad deslegitiman fallo que favoreció a militares


“Si vamos a esperar semanas tras semanas, se puede perder el rastro del sospechoso. También nos aleja de resultados positivos en la persecución policial y de justicia.”
“Esperaríamos que esto se aclare, porque sería una puerta para que los narcotraficantes y el crimen organizado se aprovechen de estas puertas.”
Henry Campos,viceministro de Justicia y Seguridad
Por Duglas Gonzalez.
Tomado de La Pagina.

El magistrado de la Sala de lo Constitucional, Florentín Meléndez, y la magistrada de la Sala de lo Civil, Mirna Perla, discreparon hoy por el fallo emitido hace poco más de una semana sobre el caso de los militares retirados vinculados al crimen cometido en el campus de la UCA en 1989.

Mis colegas no aplicaron el artículo 327 del Código Procesal Penal que claramente dice que las ordenes de difusión roja que venga al país equivalen a una orden de captura, aun sin orden judicial”, declaró Meléndez.

Para el magistrado constitucionalista “El Salvador está obligado a cumplirlo de acuerdo a lo suscrito en convenios internacionales (porque) en este caso en un convenio con la Interpol”. 

Asimismo, la magistrada Perla declaró que “estamos conscientes que esto fue una mala señal, fue un error porque el país ha quedado mal a nivel internacional”. 


Viceministro de Seguridad cuestiona fallo jesuitas.

Por Jessica Avalos.
Tomado de La Prensa Grafica.

El viceministro de Justicia y Seguridad, Henry Campos, cuestionó ayer el reciente fallo emitido por el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que rechaza la detención de nueve militares que tienen difusión roja de la Policía Internacional (INTERPOL) por el asesinato de seis sacerdotes jesuitas y sus dos colaboradores, en noviembre de 1989.
Me preocupa de esta resolución la poca claridad y la poca obediencia a una ley que establece que las difusiones rojas implican no solo localización, sino también captura”, opinó el funcionario.
Campos, quien fungió junto a Sidney Blanco como fiscal del caso, cree que el criterio que usó Corte Plena en ese fallo, criterio que arguye que una difusión roja solo sirve para localización y no para captura de requeridos por la justicia, puede servir de rendija para que delincuentes circulen impunes en el país.
Esperaríamos que esto se aclare, porque sería una puerta para que los narcotraficantes y el crimen organizado se aprovechen de estas puertas, porque habría que esperar que la Corte se pronuncie y pasen tres semanas mientras los delincuentes pueden estar en el país con toda tranquilidad con una difusión roja”, consideró.
Campos cree que la resolución de la Corte también sienta un mal precedente, porque diferentes tratados internacionales hacen alusión a las difusiones rojas como órdenes de captura y no como órdenes de localización.
Pueden pasar semanas tras semanas y se puede perder el rastro del sospechoso. Nos aleja de resultados positivos”, opinó el viceministro, quien cree que la decisión tomada la semana anterior por 10 magistrados también puede afectar las solicitudes de extradición que el país haga a otros países
Una consecuencia técnica, una consecuencia jurídica que se puede alegar es el hecho de la reciprocidad. Es decir, que el país receptor de la alerta se niegue a capturar”, agregó el funcionario.
Existen al menos 11 difusiones rojas contra salvadoreños originadas desde cuatro países distintos en el sistema público de INTERPOL. Y son cerca de 30 casos de extradición, algunos hechos por otros países y otros que está gestionando El Salvador, los que están pendientes de resolver en la Corte Suprema de Justicia.
La presidenta de la Sala de lo Penal de la CSJ, Rosa María Fortín, explicó este sábado a LA PRENSA GRÁFICA que con el fallo del caso jesuitas no han cambiado jurisprudencia para favorecer a los militares, porque la Corte nunca ha ordenado detener a nadie sin tener antes una solicitud formal de extradición.
Para el viceministro de Justicia, son incongruentes las explicaciones que han dado los magistrados sobre la decisión tomada, porque sí existen casos donde primero se ha procedido a la captura y luego a procesar la extradición.
No hay una unanimidad en los criterios. He escuchado a dos magistrados, pero ambos manejan versiones diferentes. Esperaría claridad en cuanto a sus expresiones”, reclamó.
Campos recordó, además, la penúltima decisión tomada por el pleno de la Corte, hace aproximadamente tres meses, cuando determinó que primero debía procederse a la captura de dos militares guatemaltecos que estaban en el país, para luego iniciar el proceso de extradición hacia Estados Unidos, donde los requerían por los delitos de narcotráfico.
El viceministro de Justicia consideró que para resolver si procedía o no la captura de los nueve militares requeridos por España los magistrados de la CSJ debieron abstenerse a cumplir con lo que dicta el Código Procesal Penal que manda a capturar con difusión roja. “El Código Procesal Penal prevalece sobre la opinión de cualquier persona”, concluyó Campos.

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